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Las posibilidades de que el asteroide "2007 FT3" impacte en la Tierra son de 1 entre 11 millones, un número tan ridículamente bajo que en la práctica es igual a 0.
Imagen de un asteroide no relacionado con esta noticia. Foto: NASA
Páginas webs sensacionalistas de todo el mundo han publicado en los últimos días que un asteroide gigante podría impactar en la Tierra este 3 de octubre de 2019, provocando un cataclismo en el planeta. Sin bien la existencia de este asteroide, llamado "2007 FT3" es real, es falso que exista peligro alguno de impacto.
Según detalla la NASA en la base de datos del Centro de Estudios de Objetos Cercanos a la Tierra (CNEOS, por sus siglas en inglés), las posibilidades de que el asteroide "2007 FT3" impacte en la Tierra son del 0,0000092%, es decir, de una entre 11 millones, un número tan ridículamente bajo que en la práctica es igual a 0.
De hecho, en la Escala de Torino, que clasifica el peligro de impacto en una escala del 0 al 10, siendo el 0 una posibilidad absolutamente nula de impacto y el 10 un impacto seguro que amenaza el futuro de la Humanidad, el asteroide "2007 FT3" está clasificado como 0.
Ni siquiera se puede decir que el asteroide vaya a "rozar" la Tierra, ya que pasará a más de 420.000 km en su punto más cercano (por comparar, la Luna se encuentra a una distancia media de 384.400 km de nuestro planeta). Una distancia considerable y más que segura.
Fuente: eitb.eus


El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitió ayer la resolución 150-2019, fijando el 30 de setiembre del 2019 como fecha de cierre del padrón electoral, en concordancia con el día de convocatoria de las nuevas elecciones parlamentarias que hizo el presidente Martín Vizcarra.
Se trata de la primera norma emitida por este organismo electoral y el mensaje es claro: no hay marcha atrás. El JNE y los otros organismos electorales cumplirán con el mandato constitucional de sacar adelante las elecciones programadas para el 26 de enero del 2020. Pleno del Jurado señala que el 7 de octubre Reniec debe presentar el padrón inicial y el 6 de noviembre el documento depurado.
En tanto, Jorge Jáuregui, catedrático en materia de derecho electoral de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, explicó que el presidente Vizcarra estableció el plazo de cuatro meses para el desarrollo de las elecciones, en concordancia con la Carta Magna. “La decisión se ha ajustado a la norma”, subrayó.
El especialista subrayó que en este proceso electoral regirá un cronograma ad hoc, distinto a los procesos regulares y, según enfatizó, esta “situación excepcional” también está regulada por la Constitución.
Jáuregui explicó además que mientras el Tribunal Constitucional no declare inconstitucional el decreto emitido por el presidente Martín Vizcarra, todos los actos que puedan realizar en adelante quienes se aferran al Congreso “son nulos”.
Ajustes en los plazos
Por otro lado, José Villalobos, presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), explicó que esta situación especial dará lugar a una serie de ajustes en los cronogramas de trabajo de los tres organismos electorales.
“El Ejecutivo debe sacar un decreto facultando a los organismos electorales para ajustar los plazos. Los cronogramas regulados en la Ley Orgánica Electoral y la Ley de Organizaciones Políticas no tendrán vigencia en estas elecciones”, apuntó.
Algunos aspectos fundamentales en el nuevo cronograma tienen que ver con el cierre del padrón electoral, que ya fue establecido ayer por el JNE.
Asimismo, los plazos para la inscripción de las listas de candidatos. En este extremo, el especialista Villalobos deslizó que podría regir un plazo anterior que era de 60 días. El ajuste del calendario supone también la emisión de normas para que los órganos electorales cuenten con un presupuesto especial para financiar los comicios. Y también se requiere acortar etapas en los procesos internos de contrataciones de bienes y servicios.
Con respecto al papel de la Comisión Permanente en esta etapa, Villalobos recordó que, según la Constitución, esta instancia solo toma conocimiento de los decretos emitidos y los informa luego al nuevo Congreso cuando ya se haya instalado.
Normas urgentes
El Ejecutivo también debe emitir dos normas de especial relevancia. Una tiene que ver con la corrección de una ley modificada por descuido de la ex-Comisión de Constitución del Congreso, bajo la conducción de la fujimorista Rosa Bartra, que eliminó la posibilidad de votación de peruanos en el extranjero.
La otra norma urgente está relacionada con el sistema de democracia interna que regirá para estas elecciones. Es decir, cuál será el mecanismo de los partidos políticos para elegir sus listas parlamentarias.
Esto debido a que una reciente reforma regula un sistema de elecciones primarias a nivel nacional, lo cual no sería viable ahora, dado los plazos ajustados. Esto mismo ya había sido expuesto, a modo de preocupación, por el titular del JNE, Víctor Ticona, cuando acudió al Congreso durante el debate del adelanto electoral.
En opinión del especialista José Villalobos, los partidos tendrían que elegir a sus postulantes al Congreso bajo el mismo sistema que tuvimos en los comicios generales del 2016, cuando primaron las elecciones internas a través de delegados de los partidos.
Jorge Jáuregui – Catedrático UNMSM
“La Constitución establece que el presidente está facultado para convocar a nuevas elecciones parlamentarias, invocando la cuestión de confianza. La decisión se ha ajustado a la norma”.
José Villalobos – Presidente del IPDE
“El Poder Ejecutivo debe regular con urgencia la asignación de presupuestos especiales para los organismos electorales, con las exoneraciones para contratar en forma directa los bienes y servicios”.

Fuente: La República

Excongresistas tendrán inmunidad solo hasta el 30 de octubre

En cuenta regresiva. Prerrogativa que protegía a exlegisladores de ser procesados, juzgados y condenados por la justicia, se extinguirá tras la disolución del Congreso.

Excongresistas de Fuerza Popular antes de la disolución del Congreso. El fujimorismo, es preciso indicar, tiene a varios exrepresentantes con problemas con la justicia. Foto: La República.
Todo tiene su final. Y a la inmunidad parlamentaria de que gozaban los excongresistas, antes de que el presidente de la República, Martín Vizcarra, disolviera el Congreso, este le llegará dentro de un mes.
Así lo señala clara y expresamente la Constitución Política del Perú en su artículo 93: que la prerrogativa del fuero legislativo, una vez concluido el periodo congresal, solo se mantiene vigente hasta treinta días después del final del mandato.
En términos específicos, el artículo 93 de la Carta Magna dice que los parlamentarios en funciones “no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones”.
Por ello, tomando en cuenta que el jefe del Estado, Martín Vizcarra, decidió disolver el Congreso el 30 de setiembre, luego de que este poder del Estado le negara la confianza al gabinete que dirigía Salvador del Solar, a los ahora exparlamentarios solo les queda 30 días del privilegio constitucional.
Esto quiere decir que desde el 31 de setiembre próximo, los excongresistas que tenían problemas con la justicia y que no podían ser procesados, juzgados ni condenados, estarán desde ese momento habilitados para comparecer ante los tribunales.
Sin embargo, es preciso señalar que esta situación no será así para todos los exlegisladores, pues vale recordar que tras la disolución del Congreso, acorde a la Constitución, queda aún en funciones la Comisión Permanente.
Por ello, lo preciso es que de los 130 exparlamentarios, solo 103 perderán su inmunidad a finales de octubre próximo, mientras que los restantes 27 lo harán luego de que se instale el nuevo Congreso, que deberá ser elegido el próximo 26 de enero, conforme a lo decretado por el presidente Martín Vizcarra, apegándose a la Constitución.

¿Y la reforma para modificar la inmunidad?

Meses atrás, como parte de la reforma política que impulsa, el Ejecutivo planteó al Congreso un proyecto de reforma constitucional para modificar el artículo 93 de la inmunidad parlamentaria, a fin de que sea otra entidad la que determine el levantamiento del fuero legislativo y no el mismo Parlamento, que actuaba como juez y parte y orquestaba blindajes.
La propuesta, que junto a las demás de la reforma política, fue acompañada con una cuestión de confianza, fue finalmente aprobada en el Congreso. Sin embargo, dado su carácter constitucional, la Constitución señala que esta medida debe ser aprobada en dos legislaturas o, en todo caso, de ser ratificada en referéndum por la ciudadanía.
La primera votación se consiguió durante la gestión de Daniel Salaverry. La segunda correspondía aplicarse en la gestión del expresidente del Congreso Pedro Olaechea. El tema, no obstante, nunca se puso en agenda. Y ahora que el Legislativo fue disuelto, le tocará a la siguiente representación nacional votar la reforma para modificar la inmunidad parlamentaria.

Fuente: La República.

El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció la tarde de este lunes la disolución del Congreso de la República, luego de que el pleno eligiera a Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea como nuevo miembro del Tribunal Constitucional (TC).
El presidente de la república, Martín Vizcarra, firmó una orden suprema para la disolución del Congreso, poder del Estado que este lunes no dio prioridad a la cuestión de confianza planteada por el Ejecutivo sobre el proceso de elección de magistrados para el Tribunal Constitucional (TC).
Según informó el congresista oficialista Clemente Flores, tras la elección de Gonzalo Ortíz de Zeballos como el primer miembro del TC, el jefe de Estado se reunió con su equipo jurídico para evaluar el cierre del Poder Legislativo.

Cuestión de confianza

Este mañana, el titular del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, presentó una cuestión de confianza ante el pleno del Legislativo sobre el proyecto que modifica la Ley Orgánica del TC.
La intervención del primer ministro, quien llegó a la sede del Parlamento en compañía de su gabinete, se produjo tras una accidentada discusión entre legisladores que están a favor de la elección de magistrados y los que acusan a este proceso como “express”.
Sin embargo, tras la presentación del jefe de la PCM, el presidente del Congreso, Pedro Olaechea, manifestó que la propuesta del Ejecutivo sería revisada después de la mencionada elección.
En la víspera, Martín Vizcarra afirmó que, si el Parlamento insiste en votar los nombramientos de magistrados antes que la cuestión de confianza, interpretaría que esta fue rechazada y, por ende, disolvería el Legislativo.
“Yo sí declararía disuelto el Congreso en caso nieguen la cuestión de confianza. Tengo el apoyo político, social y técnico”, expresó.


Fuente: La República.

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